Borrador de constitución y examen previo · Versión 1.4 · 3 de noviembre de 2026
Estatutos de la Asociación «Hope Cuba»
Borrador de Constitución y Examen Previo | Versión 1.4 | A fecha de: 3 de noviembre de 2026
Nombre previsto tras la inscripción: Hope Cuba e.V. | Sede: Messel, Alemania | Dirección comercial: Markstr. 27, 64409 Messel | Contacto: +49 6159 9199799, hope-cuba@outlook.com
Esta traducción al español de los Estatutos se ofrece exclusivamente con fines informativos y de cortesía. En todos los asuntos legales, disputas, trámites de registro e interpretaciones oficiales, ÚNICAMENTE la versión original en alemán («Gründungssatzung») es legalmente vinculante y válida.
§ 1 Nombre, Sede, Año Fiscal
1. La asociación lleva el nombre «Hope Cuba». Se inscribirá en el registro de asociaciones (Vereinsregister) y llevará la mención «e.V.» tras su inscripción.
2. La asociación tiene su sede en Messel, Alemania.
3. El año fiscal es el año natural. El primer año fiscal es un año fiscal corto que finaliza el 31 de diciembre del año de constitución.
§ 2 Fines de Utilidad Pública y Benéficos
1. La asociación con sede en Messel persigue exclusiva y directamente fines de utilidad pública y benéficos en el sentido de la sección «Fines exentos de impuestos» del Código Fiscal Alemán (Abgabenordnung – AO).
2. Los fines de la asociación son:
- a. Fomento de la sanidad pública y la atención médica general (§ 52 párr. 2 frase 1 n.º 3 AO);
- b. Fomento de la educación, formación general y profesional, incluida la ayuda estudiantil (§ 52 párr. 2 frase 1 n.º 7 AO);
- c. Fomento del bienestar social y la asistencia pública (§ 52 párr. 2 frase 1 n.º 9 AO);
- d. Fomento de la ayuda a refugiados y perseguidos políticos, raciales o religiosos (§ 52 párr. 2 frase 1 n.º 10 AO);
- e. Fomento de la cooperación al desarrollo (§ 52 párr. 2 frase 1 n.º 15 AO);
- f. Apoyo a personas en situación de necesidad (§ 53 AO).
3. La asociación cumple sus fines prioritariamente en Cuba, comenzando en la provincia de Holguín. También puede perseguir sus fines exentos de impuestos en Alemania y otros países. La ayuda no está limitada a personas de nacionalidad cubana.
§ 3 Altruismo / Desinterés
1. La asociación actúa de manera desinteresada; no persigue primordialmente fines económicos propios.
2. Los fondos de la asociación solo pueden utilizarse para los fines estatutarios. Los miembros no reciben asignaciones económicamente procedentes de los fondos de la asociación.
3. Ninguna persona podrá ser favorecida mediante gastos ajenos al fin de la entidad o mediante remuneraciones desproporcionadamente altas.
§ 4 Membresía
1. La asociación consta de miembros ordinarios (ordentliche Mitglieder) y miembros colaboradores/patrocinadores (Fördermitglieder). Las personas físicas y jurídicas pueden ser miembros siempre que apoyen los fines de la asociación.
2. Los miembros ordinarios participan en las actividades y la toma de decisiones de la asociación. Cada miembro ordinario tiene un voto en la Asamblea General. Los miembros colaboradores apoyan a la asociación mediante contribuciones periódicas o apoyo material/moral, sin derecho a voto.
§ 5 Órganos Ejecutivos
Los órganos ejecutivos de la asociación son:
1. La Asamblea General (Mitgliederversammlung);
2. La Junta Directiva (Vorstand) según el § 26 BGB.
§ 6 Junta Directiva, Representación, Mandato
1. La Junta Directiva según el § 26 BGB se compone de al menos dos y como máximo tres personas físicas, abarcando tres funciones: Presidente/a (Vorsitzende/r), Vicepresidente/a (Stellvertretende/r Vorsitzende/r) y Tesorero/a (Schatzmeister/in).
2. Las funciones de la junta deben ser ejercidas por al menos dos personas físicas distintas. Una misma persona puede asumir como máximo dos funciones en unión personal.
3. La asociación está representada judicial y extrajudicialmente de forma conjunta por dos miembros distintos de la Junta Directiva.
4. La Junta Directiva es elegida por la Asamblea General por un mandato de cuatro años. La reelección es admisible.
§ 7 Gestión y Facultades Especiales del/de la Presidente/a
1. El/la Presidente/a dirige los asuntos corrientes de la asociación, coordina los proyectos humanitarios y es responsable de ejecutar la estrategia y el presupuesto aprobados por la Junta.
2. Los detalles sobre la gestión y la organización interna se regulan en el Reglamento Interno (Geschäftsordnung) aprobado por la Asamblea General y en el Reglamento Financiero (Finanzordnung) aprobado por la Junta Directiva.
§ 8 Reuniones de la Junta y Acuerdos
1. La Junta Directiva celebra al menos dos reuniones por año natural. Entre reuniones, los acuerdos pueden adoptarse mediante procedimiento escrito (Umlaufverfahren in Textform).
§ 9 Asamblea General (Mitgliederversammlung)
1. La Asamblea General ordinaria se celebra al menos una vez al año. Puede realizarse de forma presencial, híbrida o totalmente virtual.
2. Las modificaciones de los Estatutos requieren una mayoría de tres cuartas partes de los votos válidos emitidos por los miembros ordinarios.
§ 10 Contabilidad, Ayuda en el Exterior y Controles
1. La Junta Directiva garantiza una contabilidad adecuada. Para las actividades en el exterior, la necesidad, la selección de beneficiarios, el origen de los fondos, las vías de pago y su uso deben quedar documentalmente registrados.
§ 11 Disolución y Destino de los Bienes
1. La disolución de la asociación requiere una mayoría de tres cuartas partes de los votos válidos emitidos en una Asamblea General convocada expresamente para este fin.
2. En caso de disolución o pérdida del estatus de exención fiscal, el patrimonio de la asociación se transferirá a una entidad pública o a otra corporación exenta de impuestos para fines benéficos de sanidad o bienestar social (§ 53 AO).
§ 12 Fecha de Entrada en Vigor y Acuerdo de Constitución
Estos Estatutos fueron aprobados por la asamblea constituyente el [Fecha] en [Lugar].